Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · Acuerdo · 16 jun 2026
El Gobierno amplía hasta el 31 de diciembre de 2026 la obligación de las petroleras de informar cada semana a la CNMC
Texto oficial del Consejo de Ministros
ACUERDO por el que se amplía hasta el 31 de diciembre de 2026 el plazo de vigencia establecido en el apartado 2 del artículo 28 del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio.
Ampliación de contenidos de la referencia: prorroga de la obligación de informar de las petroleras
El Consejo de Ministros, ha acordado prorrogar hasta el próximo 31 de diciembre la obligación de las petroleras de informar semanalmente sobre sus costes y sobre los precios de venta final del carburante a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), a fin de que la entidad pueda valorar y supervisar mejor el grado de competencia efectiva en el sector.
La medida, establecida en el Real Decreto-ley 7/2026, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, tenía una duración inicial de tres meses. Paralelamente, el RDL también emplazaba a la CNMC a publicar un estudio sobre el funcionamiento del mercado de distribución y comercialización de carburantes, incluyendo el comportamiento de los márgenes, a fin de valorar la adecuación del marco regulatorio a la coyuntura provocada por el conflicto bélico.
AMPLIAR LA INFORMACIÓN DISPONIBLE PARA MEJORAR EL ANÁLISIS
La CNMC, en el citado informe, publicado el 29 de mayo, ha manifestado la necesidad de proseguir el análisis para contar con información suficiente para extraer conclusiones de carácter estructural sobre el comportamiento competitivo del marcado, especialmente en un contexto de elevada volatilidad internacional.
Por consiguiente, el Consejo de Ministros ha aprobado ampliar hasta el próximo 31 de diciembre la obligación de los operadores al por mayor de productos petrolíferos con capacidad de refino en España de reportar semanalmente a la CNMC información sobre sus costes de adquisición de productos petrolíferos y los precios de venta de carburante a las estaciones de servicio, en el marco de competencias de supervisión atribuidas a la entidad sobre la materia.
Ficha
- Tipo de norma
- Acuerdo
- Ministerio proponente
- Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
- Consejo
- Martes 16 de junio de 2026