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Ministerio de Hacienda · Acuerdo · 16 jun 2026

El Gobierno autoriza a Cataluña operaciones de deuda a corto plazo por un máximo de 3.185.764.000 €

3.185.764.000 €

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Texto oficial del Consejo de Ministros

ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Cataluña a formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un importe máximo 3.185.764.000 euros.
Ampliación de contenidos de la referencia: autorización a cataluña para formalizar operaciones de endeudamiento

El Consejo de Ministros ha autorizado a Cataluña a formalizar operaciones de endeudamiento a corto plazo por un importe máximo de 3.185,8 millones de euros.

Esta autorización se efectúa en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) y el artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA).

En concreto, esta Comunidad Autónoma ha solicitado autorización para formalizar operaciones de deuda a corto plazo, por un importe máximo de 3.185,76 millones de euros, que se destinarán a atender los vencimientos de deuda a corto plazo del último semestre del año 2026 y formalizar nuevas operaciones a corto plazo de entes públicos dependientes de la Comunidad. Esta autorización podrá amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2026.

Referencia en lamoncloa.gob.es Publicación en el BOE: pendiente

Ficha

Importe
3.185.764.000 €
Tipo de norma
Acuerdo
Ministerio proponente
Ministerio de Hacienda
Naturaleza
Autorización a terceros
Destinatario
Comunidad Autónoma de Cataluña
Notas de extracción
Importe máximo literal 3.185.764.000 €. Puede amparar operaciones hasta el 31 de diciembre de 2026.