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Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 · Acuerdo · 17 feb 2026

El Gobierno autoriza limitar el precio del hospedaje en 14 municipios desalojados por la borrasca Leonardo

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Texto oficial del Consejo de Ministros

ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del artículo 20 ter del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, a servicios esenciales de hospedaje en los territorios afectados por los desalojos provocados por la borrasca Leonardo.
Ampliación de contenidos de la referencia: limitación de precios de los hoteles en grazalema y otros 13 municipios afectados por la borrasca leonardo

El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo por el que se autoriza la aplicación del artículo 20 ter del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, a servicios esenciales de hospedaje en los territorios afectados por los desalojos provocados por la borrasca Leonardo.

El acuerdo autoriza a limitar temporalmente el precio de los servicios hoteleros y de hospedaje en 14 municipios de Andalucía y de Extremadura en los que se ha tenido que desalojar a población debido a la borrasca Leonardo. Se trata de municipios de cinco provincias diferentes:

  • Cádiz: Grazalema, Jerez de la Frontera, Ubrique, Vejer de la Frontera
  • Granada: Nívar, Montefrío, Pinos Puente y Zagra
  • Jaén: Cazorla y Santisteban del Puerto
  • Málaga: Benaoján y Ronda
  • Badajoz: Burguillos del Cerro y Medellín

Esta limitación temporal, que entrará en vigor el miércoles 18 de febrero y estará vigente una semana, hasta el miércoles 25, se aplica en base al real decreto-ley 4/2026, que permite limitar los precios de productos o servicios cuando se produzcan acontecimientos extraordinarios como fenómenos meteorológicos, catástrofes naturales o accidentes graves, con el objetivo de garantizar un acceso equitativo a esos productos y servicios.

El Consejo de Ministros ha declarado la limitación de precios en los 14 municipios mencionados, que son aquellos en los que hay más de 10 personas desalojadas y en los estas representan al menos, el 0,1% de la población del municipio, siendo estos los criterios establecidos. Con la entrada en vigor de este acuerdo, los establecimientos hoteleros y de hospedaje en estos municipios no podrán incrementar su precio respecto al que tenían el mes previo al inicio de la emergencia. Además, estarán obligados a informar de que existe una limitación de precios y cuáles son los precios de manera transparente, habiéndose fijado que, en caso de incumplimiento, los consumidores tienen derecho a reembolso.

La medida se adopta con carácter preventivo, con el objeto de evitar un posible incremento de precios súbito en alojamientos, en caso de estancias prolongadas por parte de familias afectadas, así como con el retorno del turismo y el restablecimiento de la circulación ferroviaria.

En el propio acuerdo, el Consejo de Ministros ha hecho un reconocimiento explícito a aquellos establecimientos que han colaborado en facilitar realojos con agilidad de la mano de las administraciones.

Referencia en lamoncloa.gob.es Publicación en el BOE: pendiente

Ficha

Tipo de norma
Acuerdo
Ministerio proponente
Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
Notas de extracción
Limitación temporal de precios del 18 al 25 de febrero; sin importe.