Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · Real Decreto-ley · 17 feb 2026
El Gobierno aprueba 5.524.000.000 € en medidas urgentes por los daños de los fenómenos meteorológicos en Andalucía y Extremadura
5.524.000.000 €
Texto oficial del Consejo de Ministros
REAL DECRETO-LEY por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.
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El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-Ley por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía Y Extremadura.
El paquete de medidas contempla un conjunto de ayudas y medidas por las fuertes borrascas que han causado graves daños y el desalojo de más de 12.400 personas. Las ayudas se aplicarán en aquellos municipios que hayan sufrido desalojos y también en aquellos en atención a la magnitud de los daños provocados por la catástrofe o cuya situación financiera ponga en riesgo su capacidad para hacer frente a la reconstrucción. El Ministerio de Política Territorial determinará en el plazo de un mes las zonas o municipios afectados. En cualquier caso, el real decreto-ley sí detalla los municipios y zonas afectadas que podrán acogerse a las ayudas agrarias.
La norma recoge medidas propuestas por los ministerios de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes; Hacienda; Interior; Trabajo y Economía Social; Agricultura, Pesca y Alimentación; Política Territorial y Memoria Democrática; Transición Ecológica y Reto Demográfico; Vivienda y Agenda Urbana; Economía, Comercio y Empresa; Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030; e Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Ayudas para las familias
La norma incluye una ayuda de 150 euros por persona y día para los desalojados, con efecto retroactivo a contar desde el inicio de sus desalojos. La compensación será compatible con otras ayudas, como por daños en vivienda.
El real decreto-ley cuadruplica el importe de las indemnizaciones que establece la ley para los afectados por fallecimiento, hasta 72.000 euros, e incapacidad, daños materiales en viviendas, enseres y elementos comunes de comunidades de vecinos, así como en establecimientos industriales, mercantiles o de servicio. En concreto, la indemnización por destrucción total de la vivienda se eleva de 15.120 euros a 60.480 euros y por daños en los enseres, de 2.580 euros a 10.320 euros. Se eliminan los umbrales de renta para el acceso a ayuda en el caso de daños o destrucción en las viviendas.
Además, se habilita un mecanismo para solicitar de forma anticipada estas ayudas mediante la suscripción de una declaración responsable, lo que permite el abono del 50% hasta la tramitación completa de la solicitud. Todas estas ayudas, con efecto retroactivo, están exentas de tributación en el IRPF, al igual que el del impuesto de Sociedades para las empresas. Tampoco computarán las ayudas como ingresos a la hora de percibir el Ingreso Mínimo Vital.
Plan de ayudas a ayuntamientos con un fondo de 2.000 millones
Se pone en marcha un plan de ayudas a corporaciones locales para que puedan llevar a cabo actuaciones inaplazables ante los daños del temporal. Estas ayudas de emergencia podrán anticiparse al 100% de su valor para los ayuntamientos que lo soliciten. Se moviliza un fondo de 2.000 millones de euros en transferencias directas para dar cobertura en 2026 a las entidades locales y las necesidades financieras que se deriven de las actuaciones que deban realizar para paliar los efectos derivados de la catástrofe, para reconstrucción y reparación de infraestructuras municipales.
Se flexibiliza la regla de gasto de ayuntamientos y comunidades autónomas para que los fondos vinculados a la reconstrucción no computen en el límite establecido y, además, se les permitirá usar su superávit de 2025. Se amplían los plazos legales para ejecutar obras de reconstrucción.
A su vez, se impulsará un Plan de Empleo, dotado con 50 millones de euros, para que los ayuntamientos puedan reimpulsar la actividad económica y laboral en las zonas afectadas por la borrasca.
Medidas fiscales
Se aprobarán exenciones en IRPF y Sociedades de todas las ayudas, en el IBI a inmuebles rústicos, y en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) para las zonas afectadas. El impacto por estas medidas fiscales alcanza los 320 millones de euros. En el caso de que ya se hayan abonado, los contribuyentes podrán solicitar la devolución. Todas estas ayudas estarán exentas de tributación y serán compatibles entre sí.
Las ayudas tendrán efecto retroactivo y contarán desde el inicio de sus desalojos. Se pondrán en marcha las ayudas destinadas a paliar daños personales (fallecimientos) y daños materiales en vivienda. El apoyo tendrá en cuenta los enseres y establecimientos industriales, mercantiles y de servicios. La cuantía de estas se multiplicará por cuatro para así llegar a todo entorno afectado, sea familiar o material.
Ayudas directas para hostelería y comercio minorista
La Agencia Tributaria desplegará una línea de ayudas directas a personas físicas, empresarios o profesionales que desarrollen actividades económicas distintas de las agrícolas, forestales, ganaderas o pesquera. Para personas físicas, las ayudas ascenderán a 5.000 euros y empezarán a abonarse a partir del 19 de marzo de 2026. Para las empresas, el apoyo irá de los 10.000 euros a los 150.000 euros en función de su volumen de operaciones.
El reparto de ayudas se basará en tres supuestos. El primero, para los municipios de Dúdar, Benaojan y Grazalema, donde la ayuda será para quienes realicen cualquier tipo de actividad. El segundo, para las poblaciones de igual o menos de 5.000 habitantes, siempre que desarrollen una actividad de comercio minorista, restauración u hospedaje. Por último, en los pueblos de más de 5.000 habitantes se pondrán los mismos requisitos, pero en este caso los locales declarados afectados deben estar en zonas evacuadas o gravemente dañadas por las lluvias.
Se habilita además un tramo de avales para la cobertura de la financiación a empresas y autónomos, hasta un máximo de 250 millones de euros.
El ICO también ejercerá un papel destacado a través de una línea de avales para las víctimas de la borrasca. Además, el Consorcio de Compensación de Seguros asumirá la gestión de las indemnizaciones por ser un evento extraordinario.
Medidas para agricultura, pesca y ganadería
El paquete de medidas para el sector primario supera los 2.800 millones de euros. Se aprueban ayudas directas por pérdida de renta en agricultura, la subvención adicional a los titulares de los seguros agrarios, así como a los armadores afectados suman 2.174 millones de euros. Igualmente, se habilita una línea de financiación dotada con 100 millones de euros que asumirá el 15% del principal de los créditos que soliciten agricultores y pescadores, así como el coste de los avales. Además, estos temporales se consideran como causa de fuerza mayor ante el posible incumplimiento total o parcial de determinadas obligaciones, por ejemplo, en el marco de la Política Agraria Común (PAC).
Reparación de infraestructuras
A través de las empresas públicas Tragsa y Seiasa, se repararán los caminos e infraestructuras agrarias dañadas, así como las instalaciones de regadío, con una dotación de 600 millones de euros.
Igualmente, hay un paquete de ayudas de 600 millones dedicados a costas y cauces. De estos, 200 millones los canalizará el Estado para cauces fluviales y costeros de su competencia y los otros 400 millones irán destinados a Ayuntamientos para la reconstrucción de infraestructuras hidráulicas, abastecimientos o playas.
Además, se repararán las redes de carreteras del Estado e infraestructuras ferroviarias afectadas.
Medidas laborales y de Seguridad Social
Se aprueba un Plan de Empleo con medidas urgentes en materia de prestación por desempleo y fomento de empleo para paliar los daños causados por las borrascas 'Leonardo' y "Marta".
Las empresas se podrán acoger a los expedientes de regulación temporal de empleo por causa de fuerza mayor al amparo del artículo 47.5 y 47.7 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores. Cuando estas medidas temporales se adopten por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP) relacionados con dichas borrascas, las personas trabajadoras se beneficiarán del régimen especial de la prestación por desempleo previsto para los casos de fuerza mayor. Así, no se requerirá periodo de carencia para el reconocimiento de la prestación, su disfrute no implicará el consumo de cotización y la cuantía se obtendrá de aplicar a la base reguladora un porcentaje del 70 por ciento.
Respecto al caso concreto de las empleadas de hogar, en los casos de imposibilidad total o parcial de prestar servicios en el ámbito del servicio del hogar familiar, tampoco será necesario periodo de carencia, no se consumirán periodos cotizados y la cuantía será el 70 por ciento de la base reguladora.
Para las personas empleadas en el sector agrario, ante la imposibilidad o la limitación de que se puedan realizar de trabajos agrícolas, se ha determinado una reducción a de 35 a 5 el número total de jornadas reales efectivamente trabajadas por las personas trabajadoras eventuales incluidas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios del Régimen General de la Seguridad Social.
Ficha
- Importe
- 5.524.000.000 €
- Tipo de norma
- Real Decreto-ley
- Ministerio proponente
- Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
- Naturaleza
- Gasto
- Destinatario
- Entidades locales, afectados y sector primario de Andalucía y Extremadura
- Consejo
- Martes 17 de febrero de 2026
- Notas de extracción
- La referencia no da un total. Suma de dotaciones: 2.000 M€ fondo a entidades locales + 50 M€ plan de empleo + 2.174 M€ ayudas al sector primario + 100 M€ línea de financiación + 600 M€ reparación de infraestructuras agrarias (Tragsa/Seiasa) + 600 M€ costas y cauces. Excluidos: 320 M€ de impacto fiscal por exenciones, 250 M€ de tramo de avales y las ayudas directas a empresas y personas físicas sin total. Posible solapamiento entre el fondo local y los 400 M€ a ayuntamientos; revisar.