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Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · Acuerdo · 17 feb 2026

El Gobierno amplía hasta el 18 de agosto de 2026 el plazo para decidir la sede física de la Agencia Estatal de Salud Pública

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Texto oficial del Consejo de Ministros

ACUERDO por el que se modifica el plazo de resolución del procedimiento para la determinación de la sede física de la Agencia Estatal de Salud Pública.
Ampliación de contenidos de la referencia: modificado el plazo de resolución del procedimiento de determinación de la sede de la agencia estatal de salud pública

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo que revoca la tramitación de urgencia para resolver el procedimiento para la determinación de la sede física de la Agencia Estatal de Salud Pública (AESP) y amplía el plazo para la adopción y publicación de la decisión hasta el 18 de agosto de 2026, de conformidad con lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El Consejo de Ministros, en su reunión celebrada el 18 de noviembre de 2025, acordó iniciar el procedimiento para la determinación de la sede física de la AESP, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 209/2022. De conformidad con el citado real decreto, se declaró la tramitación de urgencia del procedimiento, lo cual determina que todos los plazos queden reducidos a la mitad, salvo el plazo de presentación de candidaturas, fundamentada en la necesidad de reforzar cuanto antes las capacidades del Estado ante futuras emergencias sanitarias y dar cumplimiento a parte del hito CID 281 del componente 18 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cuyo plazo de ejecución finalizó el 31 de diciembre de 2025, que comprende la adquisición de parte del equipamiento tecnológico de la AESP.

Dado que el plazo para el cumplimiento del hito CID 281 ha vencido y se ha adquirido parte del equipamiento tecnológico necesario para la entrada en funcionamiento de la AESP, la perentoriedad de disponer del edificio por este motivo ha decaído.

Por su parte, el inicio de la actividad de la AESP está previsto para un plazo máximo de tres meses tras la aprobación de su Estatuto. Dicho Estatuto se encuentra en una fase muy avanzada de tramitación, por lo que la AESP podrá asumir plenamente las competencias y fines establecidos en la Ley 7/2025, operando de manera inmediata desde la sede del Ministerio de Sanidad en tanto no se determine su ubicación definitiva.

Una vez finalizado el plazo, se han presentado un total de ocho candidaturas, de cuyo análisis se desprende que la mayoría de los edificios propuestos requieren obras de calado con plazos de finalización de hasta cinco años o que la necesidad de realizar adecuaciones técnicas impide un uso instantáneo de las mismas.

Atendiendo a que los motivos que fundamentaron la declaración de urgencia han desaparecido y las candidaturas recibidas presentan elementos que exigen una valoración más detallada, se levanta la declaración de urgencia contenida en el acuerdo de inicio, entendiendo aplicable el plazo máximo de seis meses para la adopción y publicación de la decisión.

Asimismo, a la vista de las candidaturas recibidas y la importancia estratégica de la sede física de la nueva agencia, se considera imprescindible ampliar el plazo de seis meses para la resolución del procedimiento, por cuanto se requiere de un mayor tiempo para realizar una comparación y valoración de todos los datos técnicos contenidos en las ocho propuestas, incluso mediante las comprobaciones técnicas físicas necesarias, que permitan contrastar y resolver las dudas que se hubieran suscitado del estudio documental.

Referencia en lamoncloa.gob.es Publicación en el BOE: pendiente

Ficha

Tipo de norma
Acuerdo
Ministerio proponente
Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes