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Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática · Acuerdo · 27 ene 2026

El Gobierno autoriza la tramitación urgente del decreto de subvenciones directas para actividades de Memoria Democrática

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Texto oficial del Consejo de Ministros

ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones a favor de determinadas entidades, asociaciones y fundaciones para actividades relacionadas con la promoción, fomento y divulgación de la Memoria Democrática y el reconocimiento moral de las víctimas de la Guerra de España y la dictadura.
Ampliación de contenidos de la referencia: tramitación urgente en las subvenciones directas para la promoción, fomento y divulgación de la memoria democrática

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones a favor de determinadas entidades, asociaciones y fundaciones para actividades relacionadas con la promoción, fomento y divulgación de la Memoria Democrática y el reconocimiento moral de las víctimas de la Guerra de España y la dictadura.

La Ley 20/2022, de Memoria Democrática, señala en su preámbulo que con las políticas públicas de Memoria Democrática se deben recoger y canalizar las aspiraciones de la sociedad civil, incentivar la participación ciudadana y la reflexión social y reparar y reconocer la dignidad de las víctimas de toda forma de violencia.

Asimismo, el artículo 43 de la citada ley, propugna que las acciones de la Administración General del Estado en materia de Memoria Democrática se orientarán al fomento de los valores democráticos y de convivencia garantizando el componente pedagógico. Para favorecer la difusión de estos valores, prosigue el artículo 48, se fomentará la planificación, organización de actividades dirigidas a la difusión y conocimiento de los principales hitos de nuestra historia democrática.

Sobre dicha base jurídica, se considera conveniente contribuir con estas subvenciones a impulsar la conservación, defensa, fomento y divulgación de la Memoria Democrática, financiando la ejecución de proyectos y actuaciones de promoción, fomento y divulgación para la recuperación de la misma y el reconocimiento moral de las víctimas de la Guerra de España y de la dictadura.

La tramitación de proyecto debe ser urgente, ya que responde a la necesidad de que las entidades beneficiarias garanticen la continuidad y eficacia de los proyectos y actuaciones que tienen programados, muchos de ellos, vinculados a calendarios culturales, educativos, conmemorativos o de conservación patrimonial que no admiten demora.

Asimismo, la disponibilidad inmediata de los recursos previstos resulta esencial para garantizar la participación efectiva de los destinatarios y prevenir el deterioro irreversible de determinados elementos patrimoniales.

Por todo ello, se solicita la tramitación urgente del procedimiento de elaboración y aprobación del referido Real Decreto, que, de conformidad con la Ley del Gobierno, reduce a la mitad los plazos previstos para los trámites del procedimiento de elaboración, considera la posibilidad de omisión del trámite de consulta pública y permite la continuación del procedimiento aun quedando pendiente la emisión de un dictamen o informe preceptivo, sin perjuicio de su eventual incorporación y consideración cuando se reciba.

Referencia en lamoncloa.gob.es Publicación en el BOE: pendiente

Ficha

Tipo de norma
Acuerdo
Ministerio proponente
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática
Notas de extracción
El texto no indica cuantía.