Suscríbete

Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · Real Decreto-ley · 27 ene 2026

El Gobierno aprueba 20.000.000 € en ayudas a las víctimas de los accidentes ferroviarios de Adamuz y Gélida

20.000.000 €

Extracción automática · confianza alta Subvención

Texto oficial del Consejo de Ministros

REAL DECRETO-LEY de ayudas a las víctimas de los accidentes ferroviarios de Adamuz (Córdoba) y Gélida (Barcelona).
Ampliación de contenidos de la referencia: real decreto-ley de ayudas a las víctimas de los accidentes ferroviarios de adamuz (córdoba) y gélida (barcelona)

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley de ayudas a las víctimas de los accidentes ferroviarios de Adamuz (Córdoba) y Gélida (Barcelona). Se trata de un paquete económico dotado de 20 millones de euros que pretende acelerar la percepción de ayudas por parte de los afectados, adelantar parte de las indemnizaciones correspondientes al seguro de responsabilidad civil y evitar así las esperas propias de los procedimientos ordinarios de los seguros.

Estas ayudas se sumarán a los mecanismos ya existentes en el actual ordenamiento jurídico y serán complementarias a los planes, seguros y coberturas previstas en la ley para las víctimas de accidentes ferroviarios y, por tanto, compatibles con las indemnizaciones obligatorias por responsabilidad civil. Además, se recibirán íntegramente ya que estarán exentas de tributación.

De la cantidad total de 20 millones de euros, 10 millones serán para las ayudas urgentes y otros 10 correspondientes a los anticipos. La cuantía a percibir se ha definido de la siguiente manera:

  • En los casos de fallecimiento, una ayuda directa de algo más de 72.000 euros por cada persona fallecida y la misma cifra en concepto de anticipo del seguro.
  • En los supuestos de lesiones corporales, las ayudas se estructuran por niveles de gravedad, con importes que van desde algo más de 2.400 euros en los casos de menor entidad hasta más de 84.000 euros en las lesiones de máxima gravedad. Las cifras son las mismas para el anticipo del seguro.

Complementariamente, se iniciarán las modificaciones normativas para la futura implementación de este tipo de medidas en el ordenamiento jurídico español, con el fin de articular un mecanismo estructural de intervención pública para que el Estado asuma con carácter anticipado el abono de un porcentaje de las indemnizaciones correspondientes a los daños personales derivados de los accidentes de transporte colectivo, sin perjuicio de la posterior determinación de la responsabilidad civil de las personas físicas o jurídicas responsables de dicho accidente.

Referencia en lamoncloa.gob.es Publicación en el BOE: pendiente

Ficha

Importe
20.000.000 €
Tipo de norma
Real Decreto-ley
Ministerio proponente
Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Naturaleza
Subvención
Destinatario
Víctimas de los accidentes ferroviarios de Adamuz (Córdoba) y Gélida (Barcelona)
Notas de extracción
Total de 20 millones: 10 millones en ayudas urgentes y 10 millones en anticipos.