Suscríbete

Ministerio de Hacienda · Acuerdo · 21 jul 2026

El Gobierno autoriza compromisos de gasto por 9.992.500 € para la explotación y mantenimiento de la línea ferroviaria Figueras-Perpiñán

9.992.500 €

Cifra revisada Límite de compromisos plurianuales No suma en los totales Plurianual 2027-2028

Texto oficial del Consejo de Ministros

ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible la explotación y mantenimiento de la sección internacional de la línea ferroviaria Figueras - Perpiñán, entre España y Francia.
Ampliación de contenidos de la referencia: explotación de la sección internacional de la línea de alta velocidad figueras-perpiñán

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de Transportes y Movilidad la explotación y mantenimiento de la sección internacional de la línea ferroviaria Figueras-Perpiñán, entre España y Francia.

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, a través de la Dirección General del Sector Ferroviario, solicita autorización para modificar los límites de gasto para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en la aplicación presupuestaria 'Línea Figueras-Perpiñán S.A' para la explotación y mantenimiento de la sección internacional de la línea ferroviaria entre España y Francia, según nivel de vinculación, que cuenta con un crédito inicial de 3.200.000 euros, a fin de llevar a cabo diversas actuaciones en el sector ferroviario.

Con fecha 20 de diciembre de 2022 se firmó el convenio para la explotación y mantenimiento de la sección internacional de una línea ferroviaria de alta velocidad entre Figueras y Perpiñán (LFP), por un plazo de cuatro años.

Posteriormente, se firmaron las siguientes adendas al convenio:

  • Adenda nº1. Firmada en 2023, con objeto de revisar la distribución anual de los importes a fin de atender a las necesidades de financiación a corto plazo de la sociedad Línea Figueras-Perpiñán, S.A.
  • Adenda nº2. Firmada en 2024, con el objetivo de conceder financiación adicional para cubrir las necesidades correspondientes a 2024 y parte de 2025.
  • Adenda nº3. Firmada en 2025, con objeto de conceder financiación adicional para el año 2025 y parte de 2026, y comprometiéndose a revisar el equilibrio financiero de Línea Figueras-Perpiñán, S.A. a partir de un plan financiero actualizado.

Esta propuesta se plantea para atender los compromisos de gasto para ejercicios posteriores correspondientes a la Adenda nº4 a dicho Convenio, la cual tiene los siguientes objetivos:

  • Conceder la financiación necesaria para cubrir las necesidades de LFP para el año 2026, una vez revisada la situación financiera.
  • Prorrogar el convenio por un periodo de dos años, revisando los importes necesarios para incorporar también la financiación necesaria para cubrir las necesidades de LFP durante los años 2027 y 2028, de acuerdo con el plan financiero actualizado.

En dicha adenda, el importe máximo acumulado durante la ejecución del convenio correspondiente al Reino de España asciende a 23.764.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 'Línea Figueras-Perpiñán S.A' para la explotación y mantenimiento de la sección internacional de la línea ferroviaria entre España y Francia, de acuerdo con la siguiente distribución por anualidades:

AnualidadAportación máxima de España(con IVA) en euros
20231.900.000
20245.800.000
20252.906.000
20263.165.500
20275.152.500
20284.840.000
Total23.764.000

A la vista de cuanto antecede, las necesidades de compromisos de gasto para ejercicios posteriores, teniendo en cuenta la situación de la aplicación 'Línea Figueras-Perpiñán S.A' para la explotación y mantenimiento de la sección internacional de la línea ferroviaria entre España y Francia, a nivel de vinculación, es la siguiente (importe en euros):

AñoLímite de compromisomáximo a adquirir (€)
20275.152.500
20284.840.000

Por todo ello, al superarse los límites establecidos en el apartado 2 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se ha solicitado autorización del Consejo de Ministros destinada a elevar los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en las anualidades de 2027 y 2028.

Referencia en lamoncloa.gob.es Publicación en el BOE: pendiente

Ficha

Importe
9.992.500 €
Tipo de norma
Acuerdo
Ministerio proponente
Ministerio de Hacienda
Naturaleza
Límite de compromisos plurianuales
Destinatario
Línea Figueras-Perpiñán, S.A.
Notas de extracción
Suma de los límites de 2027 (5.152.500) y 2028 (4.840.000); el límite se eleva en ambas anualidades. Excluye el máximo acumulado del convenio (23.764.000), que incluye 2023-2026.