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Ministerio de Industria y Turismo · Real Decreto · 21 jul 2026

El Gobierno aprueba las ayudas a la compra de vehículos eléctricos y electrificados del Programa Auto+

Extracción automática · confianza media Plurianual 2026-2030

Texto oficial del Consejo de Ministros

REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de ayudas a la compra de vehículos eléctricos y electrificados (Programa Auto+).
Ampliación de contenidos de la referencia: ayudas a la compra de vehículos eléctricos y electrificados

El Consejo de Ministros ha aprobado las normas reguladoras para la concesión directa de ayudas correspondientes al Programa Auto+. El objetivo es incentivar en España la adquisición de vehículos eléctricos y electrificados. Quedan excluidos del ámbito de aplicación de este programa los vehículos que no dispongan de la etiqueta ambiental CERO de la Dirección General de Tráfico.

El Programa Auto+, enmarcado dentro del Plan España Auto 2030, constituye la principal herramienta para impulsar la electrificación del transporte y es una medida esencial para la consecución de los objetivos climáticos y de transición energética de alcance nacional comprometidos en la planificación estatal y de Europa.

Las ayudas se articulan a través de dos líneas diferenciadas. La Línea 1 está destinada a personas físicas que no desarrollen una actividad económica y subvenciona la compra de vehículos nuevos o de vehículos seminuevos con una antigüedad máxima de doce meses, siempre que hayan sido matriculados en España y cumplan los requisitos establecidos en cada convocatoria.

La Línea 2 se dirige a empresas y a personas físicas que desarrollen una actividad económica, permitiendo no solo la adquisición en propiedad, sino también operaciones de leasing financiero o renting, con una duración mínima de tres años cuando el vehículo figure matriculado a nombre de la entidad financiadora.

El programa tendrá aplicación en todo el territorio nacional y permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre de 2030.

Las solicitudes se realizan a través de un sistema telemático puesto en marcha para la gestión de las mismas por el Ministerio de Industria y Turismo.

Las ayudas se concederán mediante el procedimiento de concesión directa, a través de convocatorias aprobadas por orden ministerial del Ministerio de Industria y Turismo, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

Cuantías individuales

Línea 1Tipo de vehículoImporte máximo de la ayudaLínea 2 (otras empresas)Tipo de vehículoImporte máximo de la ayuda
Turismos M14.500 €M14.500 €
Furgonetas N15.000 €N15.000 €
Motos L3e, L4e, L5e1.100 €L3e, L4e, L5e1.100 €
Cuadriciclos L6e y L7e1.500 €L6e y L7e1.500 €
Línea 2 (autónomos y microempresas)Tipo de vehículoImporte máximo de la ayudaLínea 2 (autónomos y microempresas Fondo Soc. Clima)Tipo de vehículoImporte máximo de la ayuda
M16.000 €M17.000 €
N17.500 €N112.000 €
L3e, L4e, L5e1.100 €L3e, L4e, L5e2.000 €
L6e y L7e1.500 €L6e y L7e2.000 €
Referencia en lamoncloa.gob.es Publicación en el BOE: pendiente

Ficha

Tipo de norma
Real Decreto
Ministerio proponente
Ministerio de Industria y Turismo
Notas de extracción
No hay importe total; las cifras detectadas son ayudas máximas individuales por vehículo. Programa vigente hasta el 31 de diciembre de 2030.