Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible · Acuerdo · 29 jun 2026
El Gobierno amplía el plazo de prestación de los servicios ferroviarios de proximidad hasta el fin del contrato AGE-Renfe
Texto oficial del Consejo de Ministros
ACUERDO por el que se amplía el plazo de prestación de los servicios ferroviarios de proximidad.
Ampliación de contenidos de la referencia: ampliación de la prestación de los servicios ferroviarios de proximidad
El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo de ampliación del plazo de prestación de los servicios ferroviarios de proximidad, en el marco de las Obligaciones de Servicio Público (OSP) en el transporte ferroviario de viajeros.
En concreto, el Gobierno ha dado luz verde a la continuidad de los servicios ferroviarios de proximidad entre Palma del Río y Villa del Río (Córdoba), Madrid-Fuenlabrada-Illescas, Málaga-El Chorro-Caminito del Rey, Murcia-Cartagena y Medina del Campo-Valladolid-Palencia, puestos en marcha desde 2023. Así, la prestación de estos servicios tendrá lugar hasta la finalización del Contrato Administración General del Estado (AGE)-Renfe, incluida su posible prórroga.
En concreto, se amplía el plazo de prestación de los siguientes servicios:
- Palma del Río-Villa del Río: servicios físicos y sinergiados.
- Madrid-Fuenlabrada-Illescas: servicios físicos y sinergiados.
- Málaga-El Chorro-Caminito del Rey: servicios sinergiados.
- Murcia-Cartagena: servicios físicos y sinergiados.
- Medina del Campo-Valladolid-Palencia: servicios físicos y sinergiados.
El servicio ferroviario físico realiza el recorrido previsto dentro de una OSP sin compartir su oferta de plazas ni su explotación con ningún otro servicio o producto comercial. Es decir, el total de las plazas ofertadas en el material rodante da respuesta a un servicio OSP concreto.
Por su parte, el servicio ferroviario sinergiado está sometido a una OSP que no se presta de manera independiente, sino que se integra dentro de otro servicio ya existente. Comparte parte del trayecto y el material rodante con ese otro servicio, reservando en él un número determinado de plazas para satisfacer la obligación OSP correspondiente, ofertándolas en idénticas condiciones tarifarias que si se hubiera efectuado con circulaciones exclusivamente dedicadas a la prestación de los servicios OSP.
Prestados desde 2023
Estos servicios de proximidad que ahora se amplían han sido prestados sin interrupción desde su puesta en servicio en 2023. En el plazo máximo de cuatro años desde la aprobación de este acuerdo, estos servicios serán revisados, en lo que se refiere a la calificación como obligación de servicio público (OSP).
La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, declaró en su Disposición adicional 109ª nuevas obligaciones de servicio público, denominando servicios ferroviarios de proximidad a aquellos con frecuencias intermedias entre los servicios de cercanías y los servicios de media distancia, cuya funcionalidad es dar respuesta a las necesidades de movilidad cotidiana en las zonas en las que esta exista.
Durante un plazo de tres años, estos servicios se han prestado como una experiencia piloto, ampliable a toda la vigencia del contrato AGE-Renfe, previo acuerdo del Consejo de Ministros, siempre y cuando se cumplan unos determinados niveles de utilización.
Análisis de los servicios
Para determinar el nivel de utilización y, en consecuencia, el nivel de eficiencia, de los servicios ferroviarios de proximidad, se han considerado los tres umbrales adoptados en la declaración de OSP para las relaciones de Media Distancia Convencional, que son los siguientes:
- Umbral de aprovechamiento: viajeros-km / plazas-km.
- Umbral de cobertura económica: ingresos totales / costes totales.
- Umbral de recurrencia: porcentaje de viajeros que ha utilizado el título multiviaje sobre el número total de viajeros (se estaría considerando recurrente a un viajero que realiza al menos 16 viajes en un periodo de cuatro meses).
Asimismo, se han definido cuatro niveles de eficiencia para los servicios de proximidad, priorizando los indicadores que responden a criterios sociales, aprovechamiento y recurrencia, con el fin de clasificar las distintas relaciones como eficientes o ineficientes. En segundo lugar, se ha introducido el indicador que responde a criterios económicos para distinguir las relaciones de muy baja eficiencia o ineficientes.
Tras la evaluación de los servicios ferroviarios de proximidad actualmente declarados como OSP, se han obtenido las siguientes conclusiones:
1. Cuatro de los cinco servicios físicos de las relaciones examinadas se consideran eficientes:
- Palma del Río-Villa del Río
- Madrid-Fuenlabrada-Illescas
- Murcia-Cartagena
- Medina del Campo-Valladolid-Palencia
2. Uno de los cinco servicios físicos de las relaciones examinadas se considera de muy baja eficiencia:
- Málaga-El Chorro-Caminito del Rey
3. Los servicios sinergiados de todas las relaciones examinadas se consideran eficientes.
La prestación de los servicios ferroviarios de proximidad responde al compromiso del Gobierno y del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible con el derecho a la movilidad de todas las personas en todas las regiones del país, tal y como se recoge en la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible.
Con el objetivo de garantizar la cohesión territorial y bajo este marco regulatorio, el Departamento ministerial impulsa y diseña soluciones concretas adaptadas a las situaciones particulares de cada zona, dando respuesta a las necesidades de movilidad cotidiana, ofreciendo soluciones de movilidad alternativas al coche privado, y más sostenibles desde el punto de vista social, ambiental y económico.
Tren Avant de Renfe
Ficha
- Tipo de norma
- Acuerdo
- Ministerio proponente
- Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
- Destinatario
- Renfe
- Consejo
- Lunes 29 de junio de 2026
- Notas de extracción
- El texto no menciona cifras.