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Ministerio de Hacienda · Acuerdo · 9 jun 2026

El Gobierno autoriza a la Región de Murcia a formalizar deuda a largo plazo por un máximo de 121.000.000 €

121.000.000 €

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Texto oficial del Consejo de Ministros

ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe máximo de 121.000.000 de euros.
Ampliación de contenidos de la referencia: autorización a murcia para formalizar operaciones de endeudamiento a largo plazo

El Consejo de Ministros ha autorizado hoy a la Región de Murcia a formalizar operaciones de endeudamiento a largo plazo por un importe máximo de 121 millones de euros.

Esta autorización se efectúa en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) y el artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA).

En este sentido, esta Comunidad Autónoma solicitó autorización para formalizar operaciones de deuda a largo plazo por importe total de 121 millones para financiar a largo plazo las necesidades financieras procedentes de las desviaciones de déficit de 2024.

En este sentido, el acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos del 1 de diciembre de 2025 establece la posibilidad de dicha financiación a largo plazo previa cancelación, en su caso, de las operaciones financieras a corto plazo formalizadas para cubrir esas necesidades. Por ello, conforme al acuerdo de Consejo de Ministros del 25 de noviembre de 2025, el Gobierno murciano formalizó deuda a corto plazo por 121 millones de euros.

Esta autorización podrá amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2026.

Referencia en lamoncloa.gob.es Publicación en el BOE: pendiente

Ficha

Importe
121.000.000 €
Tipo de norma
Acuerdo
Ministerio proponente
Ministerio de Hacienda
Naturaleza
Autorización a terceros
Destinatario
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Notas de extracción
Autorización de endeudamiento (art. 20 LOEPSF y art. 14 LOFCA); ampara operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2026.