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Ministerio de Cultura · Real Decreto · 19 may 2026

El Gobierno aprueba las normas reguladoras del Bono Cultural Joven

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Texto oficial del Consejo de Ministros

REAL DECRETO por el que se establecen las normas reguladoras del Bono Cultural Joven.
Ampliación de contenidos de la referencia: bono cultural joven

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que regula el Bono Cultural Joven, y que permitirá ampliar sus usos a nuevos productos y servicios. Concretamente, el Bono Cultural Joven permitirá también adquirir instrumentos musicales, materiales para la creación artística, así como cursos presenciales y en línea relacionados con la cultura y las artes.

Estos nuevos usos del Bono se suman a los ya previstos en las cuatro ediciones anteriores, esto es, artes en vivo y audiovisuales, patrimonio cultural, productos culturales en soporte físico y consumo digital o en línea.

Otra de las novedades destacables es, a partir de la edición de 2026, las personas que soliciten el Bono Cultural Joven podrán elegir entre dos modalidades. Una modalidad en la que los 400 euros de ayuda se destinen a una sola categoría: cursos y talleres de contenido cultural en modalidad presencial y en línea; instrumentos musicales y medios de creación y material artístico, hasta un máximo de 400 euros. Y otra modalidad en la que la ayuda se reparte en estas áreas:

  • Artes en vivo y audiovisuales, patrimonio cultural y medios de creación artística y material artístico (hasta 200 euros): entradas y abonos para artes escénicas, música en directo, cine, museos, bienes integrantes del patrimonio histórico español, bibliotecas, exposiciones, cursos en modalidad presencial sobre materias relacionadas con la cultura, festivales escénicos, literarios, musicales o audiovisuales, instrumentos musicales, partituras musicales, cámaras fotográficas, programas informáticos orientados específicamente a la producción, creación y práctica creativa, hasta un máximo de 200 euros por persona beneficiaria.
  • Productos culturales en soporte físico (hasta 100 euros): libros, revistas, prensa, u otras publicaciones periódicas, videojuegos, discos de vinilo y CDs.
  • Consumo digital o en línea (hasta 100 euros): suscripciones a plataformas musicales, de lectura o audiolectura, o audiovisuales, compra de audiolibros, libros digitales, canciones o álbumes digitales a través de plataformas de venta de música, suscripción para descarga de archivos multimedia (incluyendo pódcast) y, cursos en línea sobre materias relacionadas con la cultura y suscripciones digitales a prensa, revistas u otras publicaciones periódicas.
Referencia en lamoncloa.gob.es Publicación en el BOE: pendiente

Ficha

Tipo de norma
Real Decreto
Ministerio proponente
Ministerio de Cultura
Notas de extracción
Los 400 euros son la ayuda por persona beneficiaria, no un total del acuerdo.