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Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · Real Decreto-ley · 20 mar 2026

El Gobierno aprueba la prórroga extraordinaria de contratos de alquiler de vivienda y limita al 2% la actualización de la renta

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Texto oficial del Consejo de Ministros

REAL DECRETO-LEY de medidas en el alquiler en respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Irán.
Ampliación de contenidos de la referencia: medidas en el alquiler en respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en irán

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley de medidas en el alquiler en respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Irán.

El presente real decreto-ley articula una prórroga extraordinaria por un máximo de dos años para los contratos de arrendamiento de vivienda habitual vigentes en la fecha de su entrada en vigor y cuya finalización esté prevista para antes del 31 de diciembre de 2027, preservando sus términos y condiciones esenciales, sin perjuicio de los supuestos legalmente previstos de recuperación por necesidad.

Por otra parte, ante el impacto sobre la evolución de los precios de los alquileres en un contexto de precios tensionados, se hace preciso adoptar medidas para evitar, en el marco de un mismo contrato, un excesivo impacto en las personas y hogares arrendatarios de vivienda, por lo que se considera necesario establecer una limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda, regulada en el artículo 18 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, desde la entrada en vigor de la norma hasta el 31 de diciembre de 2027, de forma que, en defecto de acuerdo entre las partes, la actualización de la renta no pueda superar el 2%, lo que ofrece una evolución sujeta a una mayor estabilidad, en el contexto actual. En el caso particular de que el arrendador de la vivienda sea un gran tenedor, el límite del 2% a la actualización aplicará en todo caso, exista o no acuerdo entre las partes.

Esta modificación responde a razones de urgencia y necesidad en un contexto de inestabilidad derivado de la guerra de Irán, que puede alterar coyunturalmente la adecuación de los índices o referencias aplicables a la actualización anual de la renta en los contratos de arrendamiento de vivienda.

Referencia en lamoncloa.gob.es Publicación en el BOE: pendiente

Ficha

Tipo de norma
Real Decreto-ley
Ministerio proponente
Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes