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Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · Acuerdo · 17 mar 2026

El Gobierno toma conocimiento del texto enmendado del Anexo del Convenio contra el dopaje, con la lista de sustancias y métodos prohibidos de 2026

Cifra revisada

Texto oficial del Consejo de Ministros

ACUERDO por el que se toma conocimiento del texto enmendado del Anexo del Convenio contra el dopaje del Consejo de Europa, relativo a la lista de sustancias y métodos prohibidos de 2026.
Ampliación de contenidos de la referencia: enmienda del anexo del convenio contra el dopaje del consejo de europa

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma conocimiento del texto enmendado del Anexo del Convenio contra el dopaje del Consejo de Europa, relativo a la lista de sustancias y métodos prohibidos de 2026.

El Convenio contra el Dopaje se elaboró en el seno del Consejo de Europa, con el objetivo de lograr la reducción y posterior eliminación del dopaje en el deporte. En la actualidad son partes en este Convenio 52 Estados.

España lo firmó ad referéndum el 16 de noviembre de 1989 y lo ratificó el 20 de mayo de 1992, estando vigente desde el 1 de julio de 1992.

El Convenio contiene un Anexo que incluye la lista de las sustancias y de los métodos de dopaje prohibidos que se actualiza anualmente por el Grupo de Seguimiento. Sobre la base de la lista de prohibiciones para 2026 aprobada por la Agencia Mundial Antidopaje, adoptó la versión enmendada del mismo, que contiene la lista de sustancias y métodos prohibidos de 2026.

El texto enmendado del Anexo del Convenio contra el Dopaje, adoptado mediante el procedimiento simplificado previsto, entró en vigor el 1 de enero de 2026, sin necesidad de ninguna actuación posterior de los Estados parte del Convenio.

Referencia en lamoncloa.gob.es Publicación en el BOE: pendiente

Ficha

Tipo de norma
Acuerdo
Ministerio proponente
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación