Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · Real Decreto · 10 mar 2026
El Gobierno aprueba modificar el reglamento de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias
Texto oficial del Consejo de Ministros
REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo.
Ampliación de contenidos de la referencia: modificación del reglamento de la ley sobre organizaciones interprofesionales agroalimentarias
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo.
Las modificaciones consisten en ajustes técnicos en la tramitación de los procedimientos para el reconocimiento de las organizaciones interprofesionales y para la aprobación de las extensiones de normas.
Los cambios tienen por objeto reforzar las garantías de participación de los operadores y las organizaciones representativas del sector en el reconocimiento de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias y ampliar el plazo de estimación por silencio administrativo. Además, simplifica la tramitación de los expedientes de extensión de normas en la fase de información pública del acuerdo de las organizaciones y extiende el plazo de caducidad de los expedientes sancionadores.
Desde la aprobación de la ley que regula el reconocimiento de estas organizaciones, en 1994, se han reconocido 36 organizaciones interprofesionales agroalimentarias -26 de ellas lo mantienen-, que abarcan las principales producciones agroalimentarias de España.
Durante el mismo periodo se han aprobado 60 extensiones de normas, de las cuales 16 se encuentran actualmente en vigor, correspondientes a diversos sectores agroalimentarios, entre los que se incluyen lácteo, carne de vacuno, carne de conejo, cerdo ibérico, vino, aceite de oliva, aceituna de mesa, aceite de orujo de oliva, porcino de capa blanca, ovino y caprino de carne, limón y pomelo, naranja y mandarina, huevo y ovoproductos, aguacate y mango, carne de caza silvestre y carne de pollo, pavo y codorniz.
Ficha
- Tipo de norma
- Real Decreto
- Ministerio proponente
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Consejo
- Martes 10 de marzo de 2026