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Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · Real Decreto · 3 feb 2026

El Gobierno aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas

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Texto oficial del Consejo de Ministros

Compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C11, R1). REAL DECRETO por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas.
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El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante real decreto, el estatuto de la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas, que queda adscrita al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.

Se cumple un hito con la puesta en marcha de esta Agencia, creada por la Ley 27/2022, de 20 de diciembre, y que tiene como objetivo principal la evaluación sistemática de las políticas públicas en la Administración General del Estado, en línea con las recomendaciones de la Unión Europea y la OCDE.

Con esta iniciativa se da un paso significativo para institucionalizar la valoración de las decisiones de la administración en España, y para conseguir una mayor eficacia, eficiencia y calidad de las políticas, reforzando la transparencia y la rendición de cuentas.

La Agencia contará con un alto grado de autonomía y asumirá las funciones del Instituto de Evaluación de Políticas Públicas, que se disolverá tras la constitución del Consejo Rector de la nueva Agencia, en un plazo de tres meses desde la publicación del estatuto aprobado en el BOE.

Los antecedentes de esta iniciativa se remontan al año 2006, cuando se creó la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios (AEVAL). Aquella AEVAL tenía funciones limitadas y su actividad se vio muy condicionada por la escasez de medios. Finalmente, se disolvió en 2017 y sus funciones pasaron a ser asumidas por la Secretaría de Estado de Función Pública, a través del Instituto de Evaluación de Políticas Públicas, que desde el año 2024 está adscrito al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. La nueva Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas sustituye a este Instituto e institucionaliza definitivamente el examen de la toma de decisiones en la Administración General de Estado (AGE).

Entre las competencias de la nueva Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas se incluyen la formulación de metodologías de evaluación, la elaboración del Plan de Evaluaciones Estratégicas del Gobierno y la realización de evaluaciones de políticas públicas a instancia de cualquier órgano colegiado del Gobierno.

La Agencia presentará su primer plan en el segundo semestre de este año tras la constitución del Consejo Rector. Este Plan de Evaluaciones Estratégicas detallará las políticas públicas estatales que serán objeto de evaluación, el tipo de evaluación que se realizará en cada caso, así como los recursos y plazos de realización previstos. Las políticas públicas que se vayan a incluir serán relevantes desde el punto de vista del impacto social y económico y del gasto previsto.

El estatuto regula los órganos de gobierno de la Agencia y sus funciones, distinguiendo entre:

  • La Presidencia, asumida por el ministro de Economía, Comercio y Empresa.
  • El Consejo Rector, integrado por la presidencia y once vocales. Los vocales incluyen a la persona que asume la dirección de la Agencia, los representantes de los Ministerios de Economía, Hacienda, Transformación Digital, Banco de España, CSIC, AIRef e INE. Además, se integran en el Consejo Rector tres expertos independientes en materia de la evaluación de políticas públicas con reconocido prestigio y experiencia de al menos diez años en este ámbito, con un mandato de tres años renovable. Se regula también un Comité de Ética y la Comisión de Control.

El estatuto recoge también la estructura orgánica de la Agencia, regulando la composición, funciones y funcionamiento de sus diferentes órganos y unidades. El máximo órgano ejecutivo de la Agencia es la Dirección, responsable de su dirección y gestión ordinaria. La persona titular de la dirección tendrá un mandato de cinco años, renovable por un único mandato adicional.

Referencia en lamoncloa.gob.es Publicación en el BOE: pendiente

Ficha

Tipo de norma
Real Decreto
Ministerio proponente
Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes