Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · Anteproyecto de Ley ·
El Gobierno aprueba el anteproyecto de ley que regula el ejercicio de la profesión de agente de igualdad
El Consejo de Ministros del martes 16 de diciembre de 2025, a propuesta del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, aprueba el anteproyecto de ley que regula el ejercicio de la profesión de agente de igualdad. Tipo: Sin cuantía. Fuente: referencia oficial del Consejo de Ministros (La Moncloa).
Texto oficial del Consejo de Ministros
ANTEPROYECTO DE LEY por la que se regula el ejercicio de la profesión de Agente de Igualdad, a los efectos previstos en el artículo 26.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
Ampliación de contenidos de la referencia: anteproyecto de ley por el que se regula el ejercicio de la profesión de agente de igualdad
El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de Ley por el que se regula el ejercicio de la profesión de agente de igualdad.
Esta norma viene a dar respuesta a una reivindicación histórica del sector y busca regular los aspectos esenciales en el acceso y el desempeño de la profesión de agente de igualdad, estableciendo la obtención del título profesional habilitante para su ejercicio, a través de grado o máster de carácter oficial.
Según el texto aprobado, corresponde a las y los agentes de igualdad el impulso, la coordinación, el diseño y la evaluación de las actuaciones dirigidas a la progresiva consecución de la igualdad efectiva de mujeres y hombres en los distintos ámbitos sociales, asegurando la ausencia de cualquier forma de discriminación directa o indirecta por razón de sexo. De esta forma, se establecen como principales funciones el diagnóstico y análisis de situaciones de discriminación y desigualdad entre mujeres y hombres, y el diseño, implementación y evaluación de políticas públicas y programas que contribuyan a la reducción y eliminación de estas situaciones.
Para la obtención del título profesional para el ejercicio de la profesión deberá cumplirse alguno de los siguientes requisitos: estar en posesión de un título universitario oficial de grado o equivalente en el ámbito de conocimiento de estudios de género, estudios feministas y políticas públicas de igualdad; o estar en posesión de un título oficial habilitante de Máster Universitario en Agente de Igualdad. El título profesional será expedido por las universidades competentes.
La norma establece un periodo transitorio de 10 años desde la entrada en vigor de la ley, para que las personas que no cuentan con experiencia profesional o formativa en el ámbito de actuación de los agentes de igualdad puedan acreditarse oficialmente como tal si cuentan con los requisitos: una experiencia laboral de al menos tres años continuados o cinco años discontinuos en el desarrollo de funciones previstas para el ejercicio de la profesión, siempre que cuenten con un título de técnico/a de Grado Superior de Formación Profesional; o la disposición de un título de grado o posgrado en el ámbito de conocimiento de estudios de género, estudios feministas y políticas públicas de igualdad.
Esta ley evita la exclusión injustificada de profesionales competentes, que han desarrollado funciones de igualdad en contextos públicos, privados o del tercer sector y permite una transición ordenada hacia un modelo regulado, dotando de seguridad jurídica a profesionales y entidades contratantes. Establece un horizonte claro de profesionalización futura, fundado en la formación reglada como vía general y estable de acceso y asegura el cumplimiento del principio de libre circulación de personas y servicios en el mercado interior de la Unión Europea (UE).
Ficha
- Tipo de norma
- Anteproyecto de Ley
- Ministerio proponente
- Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Cómo citar
Este Martes. «El Gobierno aprueba el anteproyecto de ley que regula el ejercicio de la profesión de agente de igualdad». Consejo de Ministros del martes 16 de diciembre de 2025. https://estemartes.es/consejo/2025-12-16/anteproyecto-ley-regula-ejercicio-profesion-agente-igualdad. Fuente: referencia del Consejo de Ministros, La Moncloa, https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2025/20251216-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx.