Ministerio de Hacienda · Acuerdo ·
El Gobierno autoriza una transferencia de crédito de 558.048.302 € para financiar el Ingreso Mínimo Vital
558.048.302 €
El Consejo de Ministros del martes 18 de noviembre de 2025, a propuesta del Ministerio de Hacienda, autoriza una transferencia de crédito de 558.048.302 € para financiar el Ingreso Mínimo Vital. Destinatario: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Tipo: Transferencia de crédito. Fuente: referencia oficial del Consejo de Ministros (La Moncloa).
Texto oficial del Consejo de Ministros
ACUERDO por el que se autoriza una transferencia de crédito, por importe de 558.048.301,89 euros, al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para la financiación del Ingreso Mínimo Vital.
Ampliación de contenidos de la referencia: transferencia de crédito para garantizar el ingreso mínimo vital
El Consejo de Ministros ha autorizado una transferencia de crédito por importe de 558.048.301,89 millones de euros al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para la garantizar la financiación del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
El Ingreso Mínimo Vital y su financiación están regulados en Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital y en el artículo 109 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
El artículo 35 de la citada Ley 19/2021 establece que el Ingreso Mínimo Vital, como prestación no contributiva de la Seguridad Social, se financiará de conformidad con lo previsto en el artículo 109 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
El artículo 109.2 de la citada norma señala que "la acción protectora de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva y universal, se financiará mediante aportaciones del Estado al Presupuesto de la Seguridad Social, con excepción de las prestaciones y servicios de asistencia sanitaria de la Seguridad Social y servicios sociales cuya gestión se halle transferida a las comunidades autónomas". Al efecto, en el apartado 3 del citado artículo 109 se establece que tiene naturaleza no contributiva el IMV.
Por otro lado, el artículo 25 de la citada Ley 19/2021 señala que "la competencia para el reconocimiento y el control de la prestación económica no contributiva de la Seguridad Social del Ingreso Mínimo Vital corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social, sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo apartado de este artículo y en las disposiciones adicionales cuarta y quinta".
Para dar cumplimiento a dicho gasto, el centro gestor considera necesario tramitar un expediente de transferencia de crédito para atender las necesidades de esta medida, cuya aprobación se someterá al Consejo de Ministros.
Ficha
- Importe
- 558.048.302 €
- Tipo de norma
- Acuerdo
- Ministerio proponente
- Ministerio de Hacienda
- Naturaleza
- Transferencia de crédito
- Destinatario
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
- Entidades que nombra el texto
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (recibe el importe)
- Notas de extracción
- Importe del texto oficial: 558.048.301,89 euros (la ampliación escribe «millones» por errata).
Cómo citar
Este Martes. «El Gobierno autoriza una transferencia de crédito de 558.048.302 € para financiar el Ingreso Mínimo Vital». Consejo de Ministros del martes 18 de noviembre de 2025. https://estemartes.es/consejo/2025-11-18/transferencia-credito-financiar-ingreso-minimo-vital. Fuente: referencia del Consejo de Ministros, La Moncloa, https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2025/20251118-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx.