# El Gobierno aprueba la capacidad ordinaria de acogida de menores extranjeros no acompañados en las comunidades y ciudades autónomas

El Consejo de Ministros del martes 26 de agosto de 2025, a propuesta del Ministerio de Juventud e Infancia, aprueba la capacidad ordinaria de acogida de menores extranjeros no acompañados en las comunidades y ciudades autónomas. Tipo: Sin cuantía. Fuente: referencia oficial del Consejo de Ministros (La Moncloa).

## Ficha

- Naturaleza: Sin cuantía
- Tipo de norma: Real Decreto
- Ministerio proponente: Ministerio de Juventud e Infancia
- Consejo: [Martes 26 de agosto de 2025](https://estemartes.es/consejo/2025-08-26)
- Estado: extracción automática, confianza alta
- Notas de extracción: Las cifras del texto son plazas (16.016 en total; 32,6 por cada 100.000 habitantes), no euros.

## Texto oficial del Consejo de Ministros

> REAL DECRETO por el que se aprueba la capacidad ordinaria del sistema de protección y tutela de personas menores de edad extranjeras no acompañadas de las comunidades y ciudades autónomas.

### Ampliación de contenidos de la referencia: aprobada la capacidad de las comunidades y ciudades autónomas para la acogida de niños y niñas migrantes no acompañados

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se aprueba la capacidad ordinaria del sistema de protección y tutela de personas menores de edad extranjeras no acompañadas en las Comunidades y Ciudades Autónomas.

De esta forma, la capacidad ordinaria de los sistemas de acogida ha quedado cifrada en una ratio de 32,6 plazas para niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados por cada 100.000 habitantes para el conjunto del país, de acuerdo con la fórmula recogida en la norma aprobada.

El real decreto tiene por objeto garantizar un proceso de acogida vinculante, digna y solidaria de la infancia migrante no acompañada que llega a España y establece la base para que comiencen los traslados de acuerdo con el protocolo establecido.

Con este real decreto se da cumplimiento a la disposición adicional undécima introducida en la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, introducida tras la aprobación del Real Decreto-ley 2/2025, por el que se aprueban medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y la adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias extraordinarias.

Tras la aprobación, aquellas comunidades y ciudades autónomas que multipliquen por tres su capacidad ordinaria serán declaradas en situación de contingencia migratoria extraordinaria, lo que activará el protocolo de traslados.

| Comunidad Autónoma | Capacidad ordinaria |
| --- | ---: |
| Andalucía | 2.827 |
| Aragón | 441 |
| Asturias, Principado de | 331 |
| Balears, Illes | 406 |
| Canarias | 737 |
| Cantabria | 194 |
| Castilla y León | 783 |
| Castilla-La Mancha | 692 |
| Cataluña | 2.650 |
| Comunitat Valenciana | 1.767 |
| Extremadura | 344 |
| Galicia | 886 |
| Madrid, Comunidad de | 2.325 |
| Murcia, Región de | 517 |
| Navarra, Comunidad Foral de | 223 |
| Euskadi | 731 |
| Rioja, La | 107 |
| Ciudad de Ceuta | 27 |
| Ciudad de Melilla | 28 |
| TOTAL | 16.016 |

## Fuente

- Página: https://estemartes.es/consejo/2025-08-26/capacidad-ordinaria-acogida-menores-extranjeros-no
- Referencia oficial: https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2025/26082025-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx
- Cómo se calcula: https://estemartes.es/metodologia
- Licencia de los datos: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/)
- Cómo citar: Este Martes. «El Gobierno aprueba la capacidad ordinaria de acogida de menores extranjeros no acompañados en las comunidades y ciudades autónomas». Consejo de Ministros del martes 26 de agosto de 2025. https://estemartes.es/consejo/2025-08-26/capacidad-ordinaria-acogida-menores-extranjeros-no. Fuente: referencia del Consejo de Ministros, La Moncloa, https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2025/26082025-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx.
