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El Gobierno autoriza 35.000.000 € en un crédito extraordinario para gastos extraordinarios de vivienda por los daños de la DANA

35.000.000 €

El Consejo de Ministros del martes 4 de marzo de 2025 autoriza 35.000.000 € en un crédito extraordinario para gastos extraordinarios de vivienda por los daños de la DANA. Destinatario: SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo y entidades locales afectadas por la DANA. Comunidad o ciudad autónoma: Comunitat Valenciana. Tipo: Gasto. Fuente: referencia oficial del Consejo de Ministros (La Moncloa).

Extracción automática · confianza alta Gasto

Destinatarios según la referencia

Por importe, de mayor a menor. Cifras de la ampliación de contenidos de la referencia.
DestinatarioImporte
SEPES (Entidad Pública Empresarial de Suelo) 25.000.000 €
Suma de las líneas25.000.000 €

Son parte del importe del acuerdo (35.000.000 €); las líneas suman menos que ese importe. El desglose no suma en los totales: el importe ya está contado en el acuerdo.

Texto oficial del Consejo de Ministros

ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia, por importe de 35.000.000 de euros, y la concesión de un crédito extraordinario en el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana para financiar los gastos extraordinarios en materia de vivienda en relación con los daños causados por la DANA, conforme a lo establecido en el Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre.
Ampliación de contenidos de la referencia: financiación de gastos extraordinarios en materia de vivienda derivados de la dana

El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 35 millones de euros y la concesión de un crédito extraordinario en el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana para financiar los gastos extraordinarios en materia de vivienda, en relación con los daños causados por la DANA, conforme a lo establecido en el Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre.

Las intensas lluvias acaecidas provocaron numerosos daños personales y materiales, miles de viviendas en condiciones de inhabitabilidad, así como infraestructuras públicas y privadas gravemente afectadas. Como respuesta a esta situación, el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, aprobó un primer paquete de medidas de ayudas dirigidas a la población afectada.

Posteriormente, el Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, aprobó un segundo paquete de medidas urgentes. Así, su Título V contempla dos medidas en materia de vivienda:

  • Subvención destinada a la adquisición de viviendas por SEPES (Entidad Pública Empresarial de Suelo) con el fin de posibilitar el alojamiento con carácter temporal de las personas afectadas por la DANA.

La Administración General del Estado va a colaborar directamente en la financiación de alojamientos alternativos, a través de una iniciativa singular orientada a salvaguardar tanto la seguridad de las personas como el entorno urbano y rural.

Con tal fin se solicita una cuantía de 25 millones de euros en la aplicación 'Subvención destinada a la adquisición de viviendas por SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo'.

  • Dotación de ayudas para identificar actuaciones prioritarias en los Planes de Acción Local de la Agenda Urbana. Esta dotación estará destinada a las Entidades Locales afectadas por la DANA, con el objetivo de elaborar, actualizar o ampliar los Planes de Acción Local de la Agenda Urbana que permitan identificar proyectos y actuaciones concretas susceptibles de ser abordadas con carácter prioritario. Entre dichas actuaciones podrá estar la actualización de los correspondientes instrumentos de planeamiento urbanístico. La gestión de estas ayudas se realizará mediante la firma de convenios con las Entidades Locales afectadas, incluyendo la Diputación Provincial de Valencia. El reparto se hará de manera igualitaria entre los 78 municipios afectados y la Diputación de Valencia.

A tal fin se solicita una cuantía de diez millones de euros en la partida 'Ayudas a Entidades Locales para trabajar la identificación de actuaciones prioritarias y la elaboración de Planes de Acción Local de la Agenda Urbana'.

Por ello, y al objeto de poder atender los gastos extraordinarios en materia de vivienda, en relación con los daños causados por la DANA, es preciso autorizar la aplicación del Fondo de

Contingencia y la concesión de un crédito extraordinario en el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, por importe de 35 millones de euros, de conformidad con lo establecido en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y en el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

Hacienda

Referencia en lamoncloa.gob.es Publicación en el BOE: pendiente

Ficha

Importe
35.000.000 €
Tipo de norma
Acuerdo
Ministerio proponente
Sin ministerio
Naturaleza
Gasto
Destinatario
SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo y entidades locales afectadas por la DANA
Notas de extracción
Reparto: 25.000.000 € para la adquisición de viviendas por SEPES y 10.000.000 € para ayudas a entidades locales. desglose parcial: suma 25.000.000 € de 35.000.000 €
Cómo citar

Este Martes. «El Gobierno autoriza 35.000.000 € en un crédito extraordinario para gastos extraordinarios de vivienda por los daños de la DANA». Consejo de Ministros del martes 4 de marzo de 2025. https://estemartes.es/consejo/2025-03-04/credito-extraordinario-gastos-extraordinarios-vivienda-danos. Fuente: referencia del Consejo de Ministros, La Moncloa, https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2025/20250304-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx.