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Sin ministerio · Real Decreto ·

El Gobierno aprueba la modificación de las funciones traspasadas a Navarra en tráfico y circulación de vehículos a motor

El Consejo de Ministros del martes 27 de agosto de 2024 aprueba la modificación de las funciones traspasadas a Navarra en tráfico y circulación de vehículos a motor. Comunidad o ciudad autónoma: Comunidad Foral de Navarra. Tipo: Sin cuantía. Fuente: referencia oficial del Consejo de Ministros (La Moncloa).

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Texto oficial del Consejo de Ministros

REAL DECRETO de modificación de las funciones de la Administración del Estado traspasadas a la Comunidad Foral de Navarra por el Real Decreto 252/2023, de 4 de abril, en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.
Ampliación de contenidos de la referencia: distribución de competencias entre el estado y navarra en materia de tráfico y circulación de vehículos

El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto para la modificación de las funciones de la Administración del Estado traspasadas a la Comunidad Foral de Navarra por el Real Decreto 252/2023, de 4 de abril, en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.

Recoge en el apartado A) las referencias a las normas constitucionales (artículo 149.1.21.ª) y de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto (artículos 49.3 y 51.1), que regulan la distribución de competencias entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor, en las que se ampara la modificación.

Conforme al apartado B) se modifica el segundo párrafo del apartado B).1 del Acuerdo de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto 252/2023, de 4 de abril, mediante la eliminación del inciso "detectar infracciones".

Asimismo, queda modificado el apartado I) del mencionado Acuerdo de traspaso, en el sentido de que la función contenida en el apartado B).1 tendrá efectividad a partir del día 1 de julio de 2026, debiendo establecerse sus términos previamente en el Acuerdo complementario al Acuerdo de traspaso que habrá de adoptar la Junta de Transferencias, correspondiendo hasta entonces su ejercicio a los órganos competentes de la Administración del Estado.

Se da cumplimiento a las SSTS n.º 281/2024, de 22 de febrero, y 258/2024, de 15 de febrero.

Asimismo, en paralelo, se está tramitando la reforma de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, cuya finalidad es reintegrar a la Comunidad Foral de Navarra en el pleno ejercicio de las funciones en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, mediante la asunción de la competencia de vigilancia y control del tráfico dentro del territorio de la Comunidad Foral.

Referencia en lamoncloa.gob.es Publicación en el BOE: pendiente

Ficha

Tipo de norma
Real Decreto
Ministerio proponente
Sin ministerio
Entidades que nombra el texto
Junta de Transferencias
Cómo citar

Este Martes. «El Gobierno aprueba la modificación de las funciones traspasadas a Navarra en tráfico y circulación de vehículos a motor». Consejo de Ministros del martes 27 de agosto de 2024. https://estemartes.es/consejo/2024-08-27/modificacion-funciones-traspasadas-navarra-trafico. Fuente: referencia del Consejo de Ministros, La Moncloa, https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2024/20240827-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx.