# El Gobierno autoriza 81.673 € del Fondo de Contingencia para subvenciones a entidades locales por daños de incendios e inundaciones

El Consejo de Ministros del martes 30 de julio de 2024, a propuesta del Ministerio de Hacienda, autoriza 81.673 € del Fondo de Contingencia para subvenciones a entidades locales por daños de incendios e inundaciones. Destinatario: Entidades locales afectadas. Tipo: Gasto. Fuente: referencia oficial del Consejo de Ministros (La Moncloa).

## Ficha

- Importe: 81.673 €
- Naturaleza: Gasto
- Tipo de norma: Acuerdo
- Ministerio proponente: Ministerio de Hacienda
- Destinatario: Entidades locales afectadas
- Consejo: [Martes 30 de julio de 2024](https://estemartes.es/consejo/2024-07-30)
- Estado: cifra revisada a mano
- Actualizado el 22 de octubre de 2026

## Texto oficial del Consejo de Ministros

> ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia, por importe de 81.672,80 euros, y la concesión de un crédito extraordinario en el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para paliar los daños en las zonas afectadas por los incendios forestales, un incendio urbano, inundaciones y otros fenómenos de distinta naturaleza acaecidos entre el 21 de junio de 2023 y el 26 de febrero de 2024.

### Ampliación de contenidos de la referencia: hacienda

FONDO DE CONTINGENCIA PARA PALIAR DAÑOS EN ZONAS AFECTADAS POR INCENDIOS FORESTALES

El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 81.672,80 euros y la concesión de un crédito extraordinario en el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática para paliar los daños en las zonas afectadas por los incendios forestales, un incendio urbano, inundaciones y otros fenómenos de distinta naturaleza acaecidos entre el 21 de junio de 2023 y el 26 de febrero de 2024.

La Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, dependiente del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, inició un expediente en solicitud de un crédito extraordinario con el fin de posibilitar la convocatoria de subvenciones previstas en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 5 de marzo de 2024 para paliar daños en las zonas afectadas por estos sucesos.

El apartado tercero del Acuerdo de Consejo de Ministros de 5 de marzo de 2024 establece un régimen de ayudas a entidades locales para la recuperación de la zona siniestrada, en el que se establece que: "A los proyectos directamente relacionados con los siniestros a los que se refiere el apartado primero que ejecuten los ayuntamientos, los consejos insulares, las diputaciones provinciales o las comunidades autónomas uniprovinciales, las comarcas y las mancomunidades en los términos municipales y núcleos de población, relativos a las obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal incluidos en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de la red viaria de los las diputaciones provinciales, de los consejos insulares o, en su caso, de las comunidades autónomas uniprovinciales, se les aplicará la tramitación de urgencia y se les podrá conceder una subvención de hasta el 50% de su coste, excluidos de estas ayudas los trabajos llevados a cabo con medios propios no personificados de la entidad local, ya sean materiales, maquinaria o personal".

Para hacer frente a estas emergencias, y según consta en la memoria económica que acompaña al expediente, las necesidades para el año 2024 para atender las convocatorias y asignaciones de subvenciones del Acuerdo de Consejo de Ministros de 5 de marzo de 2024 asciende a una cuantía de 81.672,80 euros.

Por todo lo expuesto, para dar cumplimiento a dicho gasto es preciso autorizar la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un crédito extraordinario, imputándose a la aplicación presupuestaria de nueva creación 'Subvenciones por daños en infraestructuras municipales, red viaria provincial e insular. Declaraciones ZAGEPC 2024', por un importe total de 81.672,80 euros, de conformidad con lo establecido en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

## Fuente

- Página: https://estemartes.es/consejo/2024-07-30/fondo-contingencia-subvenciones-entidades-locales-danos
- Referencia oficial: https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2024/20240730-referencia-del-consejo-de-ministros.aspx
- Cómo se calcula: https://estemartes.es/metodologia
- Licencia de los datos: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/)
- Cómo citar: Este Martes. «El Gobierno autoriza 81.673 € del Fondo de Contingencia para subvenciones a entidades locales por daños de incendios e inundaciones». Consejo de Ministros del martes 30 de julio de 2024. https://estemartes.es/consejo/2024-07-30/fondo-contingencia-subvenciones-entidades-locales-danos. Fuente: referencia del Consejo de Ministros, La Moncloa, https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2024/20240730-referencia-del-consejo-de-ministros.aspx.
