# El Gobierno aprueba la regulación de la actividad y el funcionamiento del Fondo de Coinversión (FOCO)

El Consejo de Ministros del martes 16 de abril de 2024 aprueba la regulación de la actividad y el funcionamiento del Fondo de Coinversión (FOCO). Destinatario: Fondo de Coinversión (FOCO), gestionado por COFIDES. Tipo: Sin cuantía. Fuente: referencia oficial del Consejo de Ministros (La Moncloa).

## Ficha

- Naturaleza: Sin cuantía
- Tipo de norma: Acuerdo
- Ministerio proponente: Sin ministerio
- Destinatario: Fondo de Coinversión (FOCO), gestionado por COFIDES
- Entidades que nombra el texto: Fondo de Coinversión (FOCO); Secretaría de Estado de Comercio
- Consejo: [Martes 16 de abril de 2024](https://estemartes.es/consejo/2024-04-16)
- Estado: cifra revisada a mano
- Actualizado el 22 de octubre de 2026
- Notas de extracción: El Fondo está dotado con 2.000 millones de euros hasta 2026 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y lo gestiona COFIDES. El acuerdo regula sus operaciones, beneficiarios y gestión, pero no asigna esa cifra.

## Texto oficial del Consejo de Ministros

> Compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C13, I8). ACUERDO por el que se establece la actividad y el funcionamiento del Fondo de Coinversión, F.C.P.J.

### Ampliación de contenidos de la referencia: actividad y funcionamiento del fondo de coinversión foco

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo que regula las operaciones del Fondo de Coinversión (FOCO), establece los requisitos que deben cumplir los beneficiarios de las mismas y desarrolla el régimen de gestión y funcionamiento de dicho Fondo. Este nuevo instrumento financiero público estará dotado con 2.000 millones de euros hasta 2026 del 'Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia' y será gestionado a través de COFIDES, dependiente del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa a través de la Secretaría de Estado de Comercio.

El objetivo de este Fondo es contribuir a la transformación del modelo productivo español mediante la atracción de inversión extranjera hacia empresas españolas que acometan inversiones en actividades alineadas con el Plan de Recuperación como por ejemplo la transición energética, la transformación digital, la movilidad sostenible, la biotecnología o la agricultura sostenible.

Funcionamiento y condiciones del Fondo de Coinversión FOCO

Serán beneficiarios finales de inversión o financiación por parte del Fondo empresas privadas, existentes o de nueva creación, con sede social en la Unión Europea y con centro de trabajo en España, con independencia de su tamaño y propiedad del capital. El Fondo podrá invertir en proyectos o inversiones en España.

En cuanto a los co-inversores extranjeros podrán ser tanto instituciones públicas (fondos públicos de pensiones, fondos soberanos, instituciones multilaterales…); como inversores institucionales privados de largo plazo (fondos de inversión, fondos de pensiones…), así como empresas extranjeras que constituyan figuras societarias en España para realizar proyectos de inversión. También pueden ser elegibles vehículos y entidades de inversión privados nacionales, siempre que movilicen recursos de inversores extranjeros.

Respecto a los instrumentos y modalidades de financiación, el fondo FOCO realizará sus inversiones mediante instrumentos de capital o mediante aportaciones a fondos de inversión, actuando como un fondo de fondos. La aportación del inversor extranjero tiene que ser siempre igual o superior a la de FOCO.

También se incluye en este Acuerdo el proceso de aprobación de los proyectos. COFIDES actuará como gestora del Fondo y habrá un Panel de Expertos Independientes que evaluará las propuestas de inversión que presente COFIDES para emitir un dictamen. Finalmente, un Comité Interministerial Técnico de Inversiones analizará las operaciones que hayan sido valoradas favorablemente por el panel de expertos y tendrá la capacidad de no objeción o veto de las propuestas que le sean remitidas.

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## Fuente

- Página: https://estemartes.es/consejo/2024-04-16/funcionamiento-fondo-coinversion-foco-dotado-plan
- Referencia oficial: https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2024/20240416-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx
- Cómo se calcula: https://estemartes.es/metodologia
- Licencia de los datos: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/)
- Cómo citar: Este Martes. «El Gobierno aprueba la regulación de la actividad y el funcionamiento del Fondo de Coinversión (FOCO)». Consejo de Ministros del martes 16 de abril de 2024. https://estemartes.es/consejo/2024-04-16/funcionamiento-fondo-coinversion-foco-dotado-plan. Fuente: referencia del Consejo de Ministros, La Moncloa, https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2024/20240416-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx.
